La Moncloa. Fomento actualiza las tarifas de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera [Servicios de Prensa/Notas de Prensa]
miércoles, 30 de junio de 2010
A partir del 1 de julio las tarifas bajan un 0,29%, por aplicación del IPC medio de 2009.
El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Transporte Terrestre, ha actualizado las tarifas aplicables a los servicios públicos regulares permanentes de viajeros de uso general. Las nuevas tarifas registrarán una bajada del 0,29% con carácter general desde mañana 1 de julio, tras aplicarles el índice medio del IPC durante 2009, tal y como establece el artículo 19 de la LOTT, Ley de Ordenación de Transportes Terrestres.
En la actualidad el Ministerio de Fomento es titular de 101 concesiones, que no suponen coste alguno para la Administración del Estado, y que fueron utilizadas en 2009 por cerca de 46 millones de viajeros. Estas concesiones atendieron los tráficos entre 3.731 poblaciones pertenecientes a 2.433 municipios, y con una longitud total de 84.917 kilómetros.
No obstante, junto a esa actualización en función de la variación del IPC de acuerdo con los datos publicados por el INE (Instituto Nacional de Estadística), a las tarifas resultantes para estos servicios regulares de viajeros por carretera les será de aplicación, también desde el 1 de julio, la variación del IVA, que con esa misma fecha pasa del 7 al 8% para este tipo de servicios, en aplicación de lo establecido en el artículo 79 de la Ley Presupuestos Generales del Estado para 2010.
Revisión en el segundo semestre de cada año
Debe señalarse que el artículo 19 de la Ley 16/1987 de 30 de julio, de Ordenación de Transportes Terrestres, LOTT, establece que en el segundo trimestre de cada año la Administración debe proceder a una revisión de carácter general de las tarifas de los servicios públicos regulares interurbanos permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera que se prestan en régimen de concesión. Establece asimismo que la citada revisión tendrá como fundamento la modificación de los precios, calculada como la variación anual de la media de los datos publicados por el INE sobre los índices de precios al consumo en el año natural anterior, respecto al año precedente, teniendo en cuenta la productividad de cada concesión calculada en viajeros kilómetro.
Fuente: La Moncloa