Vista la relación de Fiestas Laborales para el año
2007 remitidas por las diecisiete Comunidades Autónomas y
las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla al Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales.
Y teniendo en consideración los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo
45.5 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según la
redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 2
de noviembre, las diecisiete Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla han remitido al
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la relación de
Fiestas Laborales para el año 2007
Segundo. Que la remisión de las Fiestas Laborales a que
se ha hecho referencia tiene por objeto el de su publicación
en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo dispuesto en
el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983.
A los anteriores hechos son de aplicación los si
guientes
Fundamentos de Derecho
Primero. Cuando el artículo 45 del Real Decreto
2001/1983, de 28 de julio, enumera las fiestas de ámbito
nacional, de carácter...