Vista la relación de fiestas laborales para el año
2004, las de carácter regional, aprobadas por el Consejo de
Gobierno en su reunión del día 28 de marzo de 2003, y
las de carácter local aprobadas por cada uno de los
Ayuntamientos de la Región.
Teniendo en cuenta los siguientes
Hechos:
Primero.- De conformidad con lo establecido en el
artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
(BOE n.º 75, de 28.03.1995) en relación con el
artículo 45.3 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio,
Regulación de Jornadas de Trabajo, Jornadas Especiales y
Descansos (BOE n.º 180, de 29.07.1983), según la
redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de
noviembre (BOE...