Vista la relación de fiestas laborales para el año
2007, las de carácter regional, aprobadas por el Consejo de
Gobierno en su reunión del día 19 de mayo de 2006, y
las de carácter local aprobadas por cada uno de los
Ayuntamientos de la Región.
Teniendo en cuenta los siguientes
Hechos:
Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo
37.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º
75, de 28.03.1995) en relación con el artículo 45.3
del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, Regulación de
Jornadas de Trabajo, Jornadas Especiales y Descansos (BOE n.º
180, de 29.07.1983), según la redacción dada por el
Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE n.º 267, de
7.11.1989), el Consejo de Gobierno...