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LEY 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Ficha
Boletin Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección 1. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor PRESIDENCIA 
Número de disposición 3/2004 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma LEY 
Tipo de legislación Legislacion Frecuente Seleccionado Fiscal 
Materia
  • COMUNIDADES => ANDALUCIA
  • DERECHO FINANCIERO
Extracto del documento solicitado

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
«LEY DE MEDIDAS TRIBUTARIAS, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS
EXPOSICION DE MOTIVOS
I La presente Ley aprueba un conjunto de medidas cuya inclusión en un texto legal independiente de la Ley del Presupuesto se justifica en cuanto que, si bien son, por regla general, instrumentos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de política económica reflejados en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no guardan relación directa con el contenido propio del citado texto legal.
La Ley consta de 62 artículos distribuidos en cuatro títulos, relativos a Tributos Cedidos, Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Propios, Medidas Administrativas y Medidas Financieras, completándose con una disposición adicional, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.
II En el Título I de la presente Ley, relativo a Tributos Cedidos, la Comunidad Autónoma de Andalucía ejerce las competencias normativas que le atribuye la Ley 19/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, en los casos y condiciones previstos en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y en el marco general del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas establecido en el artículo 157 de la Constitución y en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Esta competencia normativa fue ejercida por primera vez mediante la Ley del Parlamento de Andalucía 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras, completándose en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
El Título I se estructura en dos capítulos referidos, respectivamente, a las normas de ordenación y a lasnormas de aplicación de los tributos cedidos.
En el Capítulo I, en relación con los sujetos pasivos con discapacidad, se establece una mejora autonómica en la reducción de la base...
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