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Subvenciones

Orden de 15 de septiembre de 2008, por la que se modifica la Orden de 25 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de subvenciones para la conservacion y mejora de las especies silvestres, sus habitats y sus recursos naturales, proteccion del paisaje y del patrimonio natural y se efectua su convocatoria para el año 2008, y se acuerda la ampliacion del plazo para la presentacion de solicitudes establecido en la citada Orden, en la Orden de 25 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de ayudas para la gestion forestal sostenible de los montes en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia, y en la Orden de 25 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de ayudas para la Prevencion y Control de los Incendios Forestales, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia.

Ficha
Boletin Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección 1. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma ORDEN 
Tipo de subvencion Convocatorias 
Extracto del documento solicitado

Mediante las citadas Órdenes se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la gestión forestal, prevención de incendios y conservación y mejora de especies silvestres, hábitats y recursos naturales y se efectuó la convocatoria para el año 2008.
Dado que la Orden de 25 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la conservación y mejora de las especies silvestres, sus hábitats y sus recursos naturales, protección del paisaje y del patrimonio natural, fue publicada con anterioridad al reciente Decreto 429/2008, de 29 de julio, por el que se declaran las Zonas de Especial Protección para las Aves «Campiñas de Sevilla» y «Alto Guadiato», en el que se incluyen medidas de conservación adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats de las especies objeto de protección y se establecen medidas de fomento, y atendiendo al mandato incluido en los apartados 2 y 7 de su artículo 16, se ha considerado necesario acometer la presente modificación con el fin de recoger dos líneas de ayudas, una para la elaboración y desarrollo de Planes Técnicos de Gestión Integrada de zonas de especial protección para las aves esteparias y la segunda destinada a financiar el balizamiento de cercados en zonas de importancia para las citadas aves, a la vez que se amplía en un mes el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden que se modifica con el fin de posibilitar su petición.
Por otro lado, debido al interés suscitado por las Órdenes de ayudas para la gestión forestal sostenible de los montes y para la prevención y control de incendios, y con el fin de posibilitar el acceso al máximo número de titulares, se ha estimado conveniente ampliar igualmente en un mes el plazo de presentación de solicitudes establecido en las respectivas convocatorias.
En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 21 y 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de...
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